Rechazada la pretensión del PNV de que las encuestas de partido computen como gasto subvencionable |
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La Junta Electoral Central ha rechazado una petición del PNV para que las encuestas de intención de voto que realizan los partidos políticos sean consideradas como gasto electoral y pudieran declararse ante el Tribunal de Cuentas cuando esta institución revisa la contabilidad de campaña de cada partido a efectos de avalar la subvención que otorga la Administración en cada proceso.
La Ley Electoral (LOREG) reconoce a los partidos una serie de gastos electorales, desde la convocatoria de unos comicios hasta su celebración, que luego computan en la contabilidad que se presenta ante el Tribunal de Cuentas y que determinan si se sobrepasa o no el tope de gasto.
Entre estos gastos electorales figuran la confección de sobres y papeletas, la propaganda y publicidad para promover el voto a sus candidaturas, el alquiler de locales para la celebración de actos de campaña electoral, los sueldos del personal no permanente que presta sus servicios a las candidaturas, los medios de transporte, los intereses de los créditos recibidos para la campaña y cuantos sean necesarios para la organización y funcionamiento de las oficinas y servicios precisos para las elecciones.
La propuesta del PNV es incluir en ese capítulo la realización de encuestas electorales de intención de voto, pero la Junta Electoral Central entiende que esos sondeos "no están comprendidos en el concepto recogido en la LOREG al no tratarse de propaganda o de publicidad directa o indirectamente dirigida a promover el voto a sus candidaturas".
El organismo arbitral traslada su resolución tanto al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas como a la institución fiscalizadora estatal para que lo tengan en cuenta a la hora de revisar la contabilidad de los partidos políticos con vistas a las subvenciones que se otorgan en función de los votos y escaños logrados en cada proceso electoral.
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